LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Ley Silla: ¿cuál es la multa por no respetar la reforma que entró en vigor en México?

Oficialmente, este martes 17 de junio se marca hito en diversos sectores laborales del país; ¿a quiénes beneficia este cambio sustancial?

Esta es la multa para las empresas que no respeten la Ley Silla
Esta es la multa para las empresas que no respeten la Ley Silla Créditos: Unsplash/Pexels
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La Ley Federal del Trabajo (LFT) tiene una nueva reforma: llamada Ley Silla. ¿En qué consiste y cómo se castigará a las empresas que no respeten este nuevo paradigma laboral en el país?

En palabras simples, la Ley Silla contempla espacios, tanto físicos como de tiempo, para que los trabajadores puedan descansar. La reforma principalmente beneficia a empleos como cajeros, vendedores, personal de seguridad y cualquier actividad donde se pasan largas horas de pie. 

Por ello, las empresas debieron adecuar sillas o asientos para que sean usados por sus empleados en cualquier momento. No hay especificaciones sobre cómo debe ser el mobiliario, simplemente debe ser funcional e ideal para que los empleados puedan descansar entre periodos.  

Con esta actualización a la LFT, se busca disminuir padecimientos en la salud como problemas circulatorios, fatiga muscular o lesiones articulares. Cabe apuntar que la Ley Silla es totalmente independiente a la hora de la comida. Los descansos en esta modalidad son intermitentes y están permitidos cada que la actividad laboral lo permita, aunque, de acuerdo con El País, expertos recomiendan tomar un descanso de mínimo 5 minutos cada hora.

¿De cuánto es la multa por no respetar la Ley Silla?

Oficialmente, este martes 17 de junio entró en vigor la Ley Silla y para asegurar que las empresas acaten la reforma hay una multa económica para los empleadores, jefes o empresas que no hagan la transición debida. 

Las multas son de 250 a 2 mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Esta constante tiene un valor de 113.14 pesos, por lo que se traduce en un rango de entre 2 mil 828 hasta los 28 mil 285 pesos. Asimismo, si la infracción monetaria no es suficiente, se pueden suspender actividades.