LEY FEDERAL DEL TRABAJO

LFT: ¿el Día de las Madres es descanso obligatorio en México?; esto dice la ley

Siendo una fecha de suma importancia en el país, cientos de empleados y empleadas se cuestionan si podrán ausentarse de sus trabajos

¿Es descanso obligatorio el Día de las Madres?, esto dice la LFT
¿Es descanso obligatorio el Día de las Madres?, esto dice la LFTCréditos: Unsplash
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El Día de las Madres, a celebrarse el próximo 10 de mayo, es una de las festividades más importantes en México. ¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) sobre la fecha?, te contamos a detalle. 

Esta jornada para apapachar a las jefas del hogar caerá en sábado en este 2025. No obstante, diversas actividades laborales son continuas, como lo son los centros de vigilancia, supermercados, transporte público, medios de comunicación, etcétera. 

Sin embargo, la Ley Federal del Trabajo no incluye al Día de las Madres como descanso obligatorio, por lo que los trabajos continuarán de manera cotidiana. A quienes se presenten durante esta fecha, cobrarán su salario normal.

Aunque no es descanso obligatorio, que el Día de las Madres 2025 caiga en sábado beneficiará a un gran porcentaje de la población ocupada en México. Se espera una alta afluencia en restaurantes, siendo uno de los presentes más recurrentes en el país.

Las empresas pueden dar facilidades

Si bien, no es una obligación al no estar escrito en la LFT, las empresas pueden dar facilidades para que sus trabajadoras que sean madres puedan ausentarse en las actividades. Nuevamente, al no tener que cumplir con este apartado, dependerá exclusivamente del lugar de trabajo y la carga que tengan durante el día. 

Entretanto, la espera para el siguiente día de descanso obligatorio en México será extensa. Una vez superado el Día del Trabajo, 1 de mayo, la próxima fecha será hasta el martes 16 de septiembre, en el marco del Día de la Independencia.

Luego de este festivo, le sigue el lunes 17 de noviembre para conmemorar el inicio de la Revolución Mexicana. Finalmente, cerrará el año con el inhábil del jueves 25 de diciembre por Navidad. 

En cualquier caso de trabajar durante las fechas previamente citadas, la LFT autoriza que el pago sea mayor: se remunera con el sueldo común y, a dicha suma, se le agrega el doble de la misma cantidad. Es decir, sueldo triple.