La Semana Santa está a la vuelta de la esquina, pues oficialmente inicia el 13 de abril. Al respecto, cientos de trabajadores en México se preguntan si hay paga doble o triple por laborar el Jueves y Viernes Santo; esto es lo que dictamina la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Hay paga triple en México cuando los empleados trabajan en un día de descanso obligatorio o feriado. La Ley Federal del Trabajo explica que se debe remunerar como el salario de una jornada común y, a esa cantidad, sumarle el doble. En términos coloquiales, salario triple.
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Revisitando el calendario de la LFT podemos encontrar que la Semana Santa no es considerada como descanso obligatorio, ni siquiera el Jueves y Viernes Santo. Al no tener dicha connotación oficial, las empresas en México no están obligadas a dar el día libre a sus trabajadores o dar mayor remuneración.
Entretanto, la siguiente fecha de pago triple o descanso obligatorio será el 1 de mayo, que es el Día Internacional del Trabajo. En este 2025, caerá en día jueves. Al año le restan el 16 de septiembre, 17 de noviembre y el 25 de diciembre como feriados oficiales ante la Ley Federal del Trabajo.
Estos trabajadores descansan en Semana Santa
Al margen de lo previamente dicho, hay dos sectores que tienen aseguradas sus vacaciones en Semana Santa. El primer grupo son los profesores de la Secretaría de Educación Pública (SEP), que al igual que los alumnos se ausentarán de las aulas del 14 al 25 de abril.
Por otro lado, los empleados bancarios también faltarán en Semana Santa, pero tan sólo por un par de días: Jueves y Viernes Santo, que es el 17 y 18 de abril, respectivamente. Por esta razón, las ventanillas de los bancos no operarán, pero sí los cajeros automáticos, ya que atienden 24/7.