Millones de trabajadores en México esperan cada año el pago de utilidades, un ingreso adicional que se entrega entre abril y junio. Sin embargo, no todos los empleados recibirán este beneficio, ya que no todas las empresas están obligadas por ley a repartirlo.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el reparto de utilidades equivale al 10% de las ganancias netas que las empresas obtuvieron en el ejercicio fiscal anterior. Pero hay excepciones legales que permiten a ciertos patrones no realizar este pago.
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¿Qué empresas están exentas de pagar utilidades en 2025?
Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), los siguientes casos no están obligados a repartir utilidades este año:
- Empresas de nueva creación durante su primer año de operaciones.
- Empresas innovadoras (dedicadas a desarrollar productos nuevos), durante sus primeros dos años.
- Industrias extractivas en etapa de exploración, como empresas mineras.
- Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, como asilos o fundaciones.
- Instituciones públicas descentralizadas, como el IMSS, enfocadas en actividades culturales o de beneficencia.
- Negocios con ingresos menores a 300 mil pesos anuales, según declaración al SAT.
¿Quiénes sí deben pagar utilidades en 2025?
Todas las empresas que cumplan con estos dos criterios deben cumplir con el reparto:
- Ingresos netos mayores a 300 mil pesos en 2024.
- Más de un año en funcionamiento.
¿Cómo se calcula el monto a recibir?
El monto a repartir se divide en dos partes:
- Por días trabajados: se reparte en partes iguales según el tiempo laborado en 2024.
- Por salario percibido: se reparte proporcionalmente al ingreso recibido.
Para tener derecho, es necesario haber trabajado al menos 60 días en 2024 (continuos o no). En este beneficio se encuentran incluso ex empleados pueden reclamar su parte si cumplen con el requisito.
¿Qué hacer si tu empresa no paga utilidades y no está exenta?
Si trabajas en una empresa que sí debe pagar y no recibes tus utilidades antes del 30 de mayo (empresa) o el 29 de junio (persona física), puedes denunciar ante la Profedet:
- Teléfono: 800 717 2942
- WhatsApp: 55 1484 8737
- Correo: orientacionprofedet@stps.gob.mx