El aguinaldo es una de las prestaciones laborales más esperadas por los trabajadores mexicanos. Hoy, tu empleador está obligado por ley a entregártelo antes del 20 de diciembre, según dispone el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
El artículo 87 señala que: Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
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Asimismo, aclara que quienes no hayan cumplido un año de servicio y aunque ya no laboren en la empresa deben recibir el aguinaldo de forma proporcional al tiempo que trabajaron.
El cálculo que puedes hacer tú mismo es:
- Toma tu salario mensual neto y divídelo entre 30 para obtener tu salario diario.
- Multiplica esa cantidad diaria por 15 (días mínimos).
Por ejemplo, si ganas $12,000 al mes y trabajaste el año completo, el aguinaldo mínimo sería de $6,000. Ten en mente que algunas empresas ofrecen más días de aguinaldo (20, 30 o 40 días), pero nunca menos de 15 días, que es lo mínimo legal.
¿Y si no trabajaste todo el año?
Sí tienes derecho al pago proporcional. La ley cubre a quienes entraron recientemente, trabajaron de forma temporal o ya no están en la relación laboral al momento del pago.
Tu empleador no puede usar como excusa problemas económicos o falta de utilidades para no pagarte el aguinaldo. La PROFEDET recuerda que es obligación legal del patrón y en caso de incumplimiento, los trabajadores tienen hasta un año a partir del 20 de diciembre para exigir el pago o la diferencia correspondiente.
