El Monto Transaccional del Usuario (MTU) o límite de transferencias ha dejado diversas dudas. En caso de no establecer un máximo, ¿te pueden cancelar tu cuenta?, esto es todo lo que debes saber.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) define el MTU como un “límite de seguridad que tu eliges para operaciones en banca electrónica”. Se busca fijar este monto para poder reducir los casos de extorsión o robo de identidad.
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Límite de transferencias 2025: ¿el MTU afectará a la Pensión del Bienestar?
El MTU no limita el uso del dinero de mengua bancaria. La CNBV señala que el dinero “está disponible siempre, solo se pide una validación extra si excedes el monto”. Es decir, si necesitas ‘mover’ más capital, la aplicación móvil te debe pedir otra certificación como lo puede ser identificación facial, lectura de huella digital, PIN, contraseña o similar.
Se ha hablado que se debe fijar el monto máximo antes del 1 de octubre, pero esto es una impresión. A partir del décimo mes del año, todos los bancos deben habilitar la opción para fijar los límites de transferencias u operaciones; muchas instituciones ya tienen activada esta asignación, pero desde el miércoles 1 es obligatorio que se ofrezca este servicio.
Los cuentahabientes tienen total libertad para establecer el límite e incluso cambiarlo cuando deseen. En caso de no fijar el MTU antes del 1 de enero de 2026, entonces las autoridades o el banco establecerán uno; en ese último caso, el cálculo será “con base en el historial”, señala la CNBV.
¿Te pueden cancelar la cuenta?
En caso de no fijar el límite de operación en tu cuenta de banco, no te pueden cancelar la cuenta bajo ningún concepto. En el ‘peor de los casos’, el usuario tendrá que aceptar el monto máximo impuesto, ya sea por las autoridades o por la institución financiera en sí.