SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

¿El SAT rechazó tu devolución?: adiós a tu dinero si no impugnas, advierte la SCJN

Esta jurisprudencia busca garantizar la seguridad jurídica y obliga a actuar rápidamente mediante recursos legales para proteger el derecho al reembolso

Escrito en NACIONAL el

Si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) rechaza tu solicitud de devolución de impuestos y no la impugnas, ya no podrás volver a intentarlo. Así lo determinó recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al emitir una jurisprudencia que pone fin a los "intentos múltiples" de reembolso.

Jesús Rodríguez Ambriz, fiscalista e integrante de la Comisión de Evaluación de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, explicó que esta decisión representa un candado definitivo para los contribuyentes que no actúan de inmediato.

Se acabaron los intentos múltiples. Si no impugnas, perdiste esa oportunidad.

Antes, si el SAT rechazaba una devolución por errores formales como falta de firma, datos equivocados o documentos faltantes era común que el contribuyente corrigiera y volviera a presentar la solicitud, eso ya no será posible.

La Segunda Sala de la SCJN resolvió que una solicitud denegada por cuestiones formales solo puede ser modificada mediante una impugnación legal ya sea un recurso administrativo o juicio contencioso, no con una nueva solicitud.

Esto se basa en el Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, que establece el procedimiento para la devolución de saldos a favor. Según la Corte, permitir múltiples solicitudes corregidas, sin haber agotado los medios de defensa, atentaría contra el principio de seguridad jurídica.

Ante este nuevo criterio, los expertos recomiendan revisar minuciosamente cada solicitud antes de enviarla al SAT y, si es rechazada, no esperar: hay que actuar legalmente y a tiempo.

Esta jurisprudencia ya es obligatoria para todas las autoridades fiscales del país y será fundamental que tanto contribuyentes como asesores fiscales la tengan presente.