LEY FEDERAL DEL TRABAJO

LFT: ¿puedo faltar al trabajo en mi cumpleaños sin ser sancionado?; este estado te da permiso

La idea es que sea una fecha especial, y no pasar esas valiosas horas entre correos, juntas, pendientes, y otras actividades que se presentan en la oficina

Nadie quiere pasar su cumpleaños en el trabajo.
Nadie quiere pasar su cumpleaños en el trabajo.Créditos: Especial
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A la mayoría de las personas les gustaría festejar su cumpleaños en compañía de la familia y amigos, siendo la oficina el último lugar en el que pensamos a la hora de idear un buen plan para pasar ese día especial.

El objetivo es que sea una fecha especial, y no pasar esas valiosas horas entre correos, juntas, pendientes, y otras actividades que se presentan en la oficina.

No es considerada por la Ley Federal del Trabajo (LFT) como una fecha que permita faltar a los empleados, por lo que ausentarse podría acarrear sanciones, dependiendo del reglamento de cada empresa.

A pesar de que la mayoría de las compañías no le permite a sus trabajadores faltar en el día de su cumpleaños, hay un estado que ofrece este beneficio, optando por implementar esa medida como un incentivo.

En Puebla los trabajadores cuentan con un permiso especial para ausentarse en su fecha especial. El beneficio tiene algunas condiciones, ya que debe solicitarse con al menos cinco días hábiles de anticipación.

Pero si no te encuentras en ese estado, es probable que recibas algún tipo de sanción, aunque difícilmente serás despedido, ya que la LFT establece que pare que esto suceda, debes acumular más de tres ausencias justiciadas en un periodo establecido por la compañía, así lo establece el artículo 47: “Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón. Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada”.

Además de una sanción, también pegaría en el aspecto económico, ya que al empleado se le descontaría lo del día en el que no se presentó a trabajar. Aunque se descuente el día no trabajado, conceptos como el aguinaldo o la prima vacacional no se ven afectados.

Si quieres evitar confusiones sobre los días inhábiles en México, se presentan a continuación:

  • El 1 de enero.

  • El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero.

  • El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.

  • El 1 de mayo.

  • El 16 de septiembre.

  • El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.

  • El 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

  • El 25 de diciembre.

  • La fecha que determinen las leyes federales y locales electorales para la jornada electoral.

Las fechas pueden ser modificadas por las empresas y cualquier trabajador que deba laborar en alguno de ellos tiene derecho a un pago adicional.

Si la empresa te debe algún día, puedes usar para no laborar en tu día de cumpleaños, pero si no es así, faltar no es permitido bajo ninguna circunstancia.