Este mes de abril se realiza la Declaración de Impuestos 2024 para las personas físicas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Las obligaciones para realizar este trámite varían dependiendo de las actividades profesionales que realiza cada individuo.
De acuerdo con la Ley de Ingresos sobre la Renta (Ley ISR), las personas físicas y morales deben informar los ingresos recibidos el año fiscal que acaba de terminar y cumplir con el pago de impuestos correspondiente.
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Si los jubilados reciben ingresos, ¿deben pagar impuestos sobre ese dinero?
Los jubilados y pensionados son considerados personas físicas, por lo tanto, están contemplados en las regulaciones para la Declaración Anual de Impuestos. El artículo 93 de la Ley ISR define las obligaciones y exenciones de impuestos que refiere a los ingresos por jubilación y/o pensión.
Las pensiones, dice la ley, están exentas del pago impuestos, aunque hasta cierto límite o tope superior. Hay que considerar, además, ciertas situaciones que obligan al contribuyente a declarar sus ingresos y, por tanto, pagar impuestos.
Aquí te compartimos los casos donde es obligatorio presentar la declaración:
- Si se jubilaron dentro del año fiscal, esto es, trabajaron para un empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.
- Si el jubilado recibe pensión de dos fuentes, por ejemplo, del IMSS y del ISSSTE; esto significa que trabajaron para dos o más empleadores y deberán declarar ambos ingresos.
- Si están pensionados, pero activaron nuevamente su estatus como profesionista independiente, por lo que se les considera en el régimen bajo el cual se dieron de alta de nuevo y cuentan con este ingreso adicional. Deberán declarar ambos ingresos y considerar que su entrada de dinero como persona física activa no tiene exención de impuestos como la pensión.
- Si el ingreso de la jubilación o pensión es superior a 15 Unidades de Medida y Actualización (UMA) se habrá de pagar el ISR por el excedente. Al día de hoy, esto equivale a $49,507.95 pesos al mes.
- Recuerda: las primeras 15 UMAs de tu pensión están exentas de impuestos y solo pagarás el impuesto sobre el monto que excede este límite.
Considera que el monto está regulado por la Ley del ISR en el artículo 93 dentro de sus fracciones IV y V. Esta cantidad será diferente con el paso del tiempo, por lo que es muy importante que te asesores al respecto antes de realizar tu declaración.
No olvides que la fecha límite para realizar tu declaración es el 30 de abril de 2025. En este artículo puedes encontrar más información que Hacienda ha dado a conocer para apoyar a los contribuyentes.