DECLARACION 2024

SAT: ¿qué pasa si no presento a tiempo mi declaración, me pueden multar?; esto dice Hacienda

Este trámite es una obligación fiscal requerida por la Ley del Impuesto sobre la Renta para quienes cumplen ciertos requisitos; cada año debe presentarse entre el 1 y el 30 de abril

Escrito en NACIONAL el

¡Declara, cumple y contribuye! es el slogan del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para invitar a los contribuyentes a presentar su Declaración Anual de Impuestos durante las fechas requeridas por la Ley.

Actualmente, van 16 días desde que se abrieron las fechas para las personas físicas y aún queda tiempo para realizarlo.

¡Problemas con mi declaración! ¿Pasa algo si no la presento a tiempo?

Los especialistas en impuestos señalan varios elementos que no deben pasarse por alto en este trámite:

  • Contar con tu firma electrónica, es indispensable para realizar la Declaración.
  • Presentar los formularios correctos y adjuntar los documentos necesarios en caso de incluir deducciones.
  • Declarar en las fechas correspondientes, en el caso de personas físicas entre el 1 y 30 de abril.

En caso de que alguno de estos elementos no esté correcto o completo, es posible que no puedas presentar tu declaración a tiempo o bien que te rechacen el trámite; perdiendo así, la oportunidad de recibir de vuelta los impuestos excedentes que has pagado en el año.

Para algunas personas ha sucedido que la fecha oficial para declarar ha terminado y aún tienen ese pendiente con el gobierno. En caso de que eso suceda, hay un riesgo muy alto a que Hacienda te imponga una multa por incumplir con este trámite.

Declaración Anual: ¿Puedo declarar en el mes de mayo?

Los expertos comentan que en realidad no pasa nada si declaras fuera de las fechas solicitadas por el SAT; sin embargo, subrayan, esto solo se refiere a que hacerlo fuera de tiempo no causa un problema en sí mismo.

El problema sí surge, explican, cuando declaras extemporáneamente y el SAT ya te envió una notificación por incumplir con tu declaración. Esto es, mientras el SAT no ‘se haya dado cuenta’ de tu falta o, más bien, su sistema no haya registrado que aún faltas tú por declarar, puedes realizar el trámite en los días posteriores al 30 de abril sin que proceda una multa.

Con todo, recomiendan no confiarte y dejarlo para el último; es importante, informan los profesionales, que realices el trámite bajo los estatutos señalados por la Ley.

Si aún tienes dudas sobre cómo realizar el trámite o se han presentado algunas dificultades en el proceso; aquí te dejamos un contenido que puede serte útil.

También, recuerda que es mucho mejor contratar los servicios de un contador en este ramo para que te asesore correctamente.