LEY DE TRÁNSITO

Multas de tránsito: ¿qué otros accesorios pueden causarte una infracción, además del portaplacas?

Si no quieres pagar multas de hasta $5,657 pesos, es mejor evitar estos accesorios y mantener tu auto dentro de la ley

Tener estos accesorios en tu auto no solo te costarán una cuantiosa multa, sino también la posibilidad de corralón en casos extremos
Tener estos accesorios en tu auto no solo te costarán una cuantiosa multa, sino también la posibilidad de corralón en casos extremosCréditos: Especial
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En los últimos días, automovilistas de la Ciudad de México han comenzado a retirar sus portaplacas ante el aumento de operativos que multan este y otros accesorios no permitidos. Pero, ¿qué más está prohibido instalar en tu vehículo según el Reglamento de Tránsito? Aquí te lo explicamos con detalle.

Accesorios prohibidos y sus multas correspondientes

El Artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la CDMX establece una lista clara de accesorios que no pueden usarse en automóviles y motocicletas, con sanciones que van desde 1,131 hasta 5,657 pesos, dependiendo de la gravedad de la infracción.

1. Portaplacas que obstruyan la visibilidad

Prohibición: Cualquier accesorio (luces de neón, micas, láminas o soportes) que dificulte leer las placas.

Multa: 1,131 a 2,262 pesos (10 a 20 veces la UMA).

2. Polarizado excesivo en vidrios

Límite permitido: Solo 20% de oscurecimiento en ventanas laterales y traseras.

Excepción: Razones médicas (con documentación).

Multa: 2,262 a 3,394 pesos (20 a 30 UMAs).

3. Faros deslumbrantes o no regulados

Prohibición: Luces que no cumplan con normas oficiales o que ceguen a otros conductores.

Multa: 1,131 a 2,262 pesos (10 a 20 UMAs).

4. Escape modificado para hacer más ruido

Prohibición: Tubos de escape alterados para generar sonido excesivo.

Multa: 2,262 a 3,394 pesos (20 a 30 UMAs).

5. Detectores de radares (antirradares)

Prohibición: Cualquier dispositivo que interfiera con los sistemas de fotocívicas.

Multa más alta: $5,657 pesos (50 UMAs).

6. Bocinas (claxon) modificadas

Prohibición: Pitidos estridentes o diferentes al sonido original.

Multa: 2,262 a 3,394 pesos (20 a 30 UMAs).

7. Neumáticos metálicos o bandas de oruga

Prohibición: Ruedas que dañen el pavimento.

Multa: 2,262 a 3,394 pesos (20 a 30 UMAs).

¿Por qué están prohibidos estos accesorios?

Las autoridades argumentan que:

  • Dificultan la identificación vehicular (portaplacas oscurecidos).
  • Ponen en riesgo a peatones y otros conductores (faros deslumbrantes).
  • Generan contaminación auditiva (escape ruidoso).
  • Promueven el exceso de velocidad (detectores de radar).

¿Qué pasa si me multan?

  • Las sanciones son acumulables (si tienes varios accesorios prohibidos, pagarás por cada uno).
  • Pueden remolcar tu auto en casos graves (como polarizado extremo).
  • No hay "mordidas": Las multas se pagan en línea o en módulos autorizados.