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CFE: ¿cuándo deberás hacer cambio de titular y cómo se lleva a cabo el trámite?

Este trámite es totalmente gratuito, siempre y cuando la línea de servicio no cuenten con ningún adeudo o infracción no salada

¿Cuándo se debe hacer el cambio de titular en el recibo de la CFE?
¿Cuándo se debe hacer el cambio de titular en el recibo de la CFE?Créditos: Freepik
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Los recibos de la Comisión Federal de Electricidad (CFE)  que los hogares en México reciben contienen información del contrato, entre esta, el nombre del titular. ¿Cuándo se debe hacer cambio de esta información y cómo es el trámite? También te puede interesar: así puedes solicitar por primera vez el servicio de la CFE en 2025.

El titular es la persona que asume el cargo legal del contrato de la CFE. Por cualquier eventualidad o castigo, será quien deberá dar la cara por la vivienda o departamento. Por esta razón, el responsable debe ser habitante de la casa y mayor de edad.

Los casos en los que es necesario hacer el cambio de titular en el recibo de la CFE son variados. Algunos de ellos son: fallecimiento del representante original, cambio de casa del responsable, cambio de casa, etcétera.

Es pertinente que el titular esté al tanto del servicio de la CFE, pues si se presenta algún impago o deuda, el afectado no sólo será el hogar, sino también quien salga como tutor en el recibo de luz. Si necesitas hacer esta modificación, estos son los pasos que debes seguir:

  • El trámite de cambio de titular ante la CFE se hace exclusivamente en los Centros de Atención a Clientes, es decir, de manera presencial.
  • Presenta la siguiente documentación: identificación oficial, recibo de luz de la CFE, clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), teléfono y correo electrónico de contacto.
  • Si un tercero hace el trámite, además de lo previamente citado, el corresponsal deberá portar tanto su identificación como la del representado, además de una carta poder simple o notarial.
  • Solicitud de cambio de titular llenada; se entrega en las oficinas. 
  • En caso de ser cambio por fallecimiento, es necesario presentar una copia de la identificación del difunto.

Este trámite es totalmente gratis, siempre y cuando el contrato vigente ante la CFE no cuente con ningún adeudo. Si hay un déficit, se deberá primero finiquitar el adeudo.