A propuesta de los diputados de MORENA y del Partido del Trabajo, el Congreso Local aprobó, en sesión extraordinaria, instruir al órgano técnico de fiscalización del estado, reabrir y revisar las Cuentas Públicas del sexenio 2016-2021, encabezado por el panista Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
En la exposición de motivos de la iniciativa, aprobada con dispensa de trámite, con el voto en contra de los 6 representantes del PAN, por 26 a favor del resto de los diputados presentes, el petista Elifa Gómez Lozano aludió a las publicaciones que señalan el pago de presuntos servicios legales, por 46.3 millones de pesos durante el pasado sexenio.
Pagos millonarios a abogados del despacho Gil y Coello
Particularmente se refiere a los despachos jurídicos Coello Trejo y Asociados, y Accuracy Legal and Consulting, propiedad del exsecretario del Presidente Felipe Calderón, Roberto Gil Zuarth y Javier Coello Trejo, Procurador General de la República en el sexenio de José López Portillo.
Te podría interesar
Coello -precisa la propuesta-, públicamente ha asumido la defensa del exgobernador, ante las diversas denuncias presentadas en su contra; desde que ostentaba el cargo de Gobernador, fue defendido de forma personal pagando sus servicios con recursos públicos, mientras Gil Zuarth, no solo fue mentor del exgobernador en el Senado; se convirtió en su asesor Jurídico de cabecera y asumió la defensa de diversas controversias y acciones de inconstitucionalidad, que le beneficiaban personalmente.
“Esta alta representación social, apelando a las facultades extraordinarias que le otorga a la Auditoria Superior del Estado de Tamaulipas, solicita que el titular del órgano de fiscalización autorice se proceda a la revisión de las cuentas públicas de los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, en los años en que fue Gobernador del Estado, el C. Francisco Javier García Cabeza de Vaca”, establece el acuerdo.
Es indispensable -abunda-, que la revisión de las cuentas públicas señaladas, no solo se avoque a verificar que los pagos realizados se encuentren sustentados legalmente, sino que debe considerar la existencia de los contratos que se hayan celebrado entre ambas partes y la condiciones en que estos se otorgaron, así como en la existencia de los entregables que sustenten las erogaciones correspondientes”.