TURISMO

Vacaciones de Semana Santa: ¿cuáles son mis derechos al viajar en avión en México?; Profeco responde

La Procuraduría Federal del Consumidor dio a conocer los derechos que tienen todos los pasajeros y que deben ser respetados y, en caso necesario, recibir compensaciones conforme a la ley

Escrito en NACIONAL el

En esta temporada de vacaciones de Semana Santa hay quienes aprovechan para viajar y disfrutar de diversos destinos ya sea para descansar o simplemente para conocer. 

Por tal razón, si vas a viajar en avión es importante que sepas que pueden presentarse diversos inconvenientes en el aeropuerto, ya sea por sobreventa de lugares o simplemente por no recibir el equipaje documentado. 

Ante estos casos, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) dio a conocer en sus redes sociales los derechos que tienen todos los pasajeros y que deben ser respetados y, en caso necesario, recibir compensaciones conforme a la ley.

La Ley Federal de Protección al Consumidor y la Ley de Aviación Civil establecen una serie de derechos para los pasajeros, los cuales tienen que ser cumplidos por las aerolíneas comerciales. A continuación te daremos a conocer los principales derechos que tienes al viajar en avión en México:

Trato digno e información completa

Las aerolíneas están obligadas a brindar un trato digno y toda la información necesaria a los pasajeros. Aquí se incluye dar a conocer los términos y condiciones aplicables al momento de comprar un boleto de viaje.

El costo del boleto tiene que incluir todas las tarifas, comisiones e impuestos, y la aerolínea no puede obligar a los consumidores a adquirir servicios adicionales.

Devolución del monto del boleto

En caso de que decidas no realizar el viaje, puedes pedir la devolución del monto del boleto dentro de las 24 horas posteriores a la compra.

Información sobre retrasos

En caso de que exista un retraso en el vuelo, las aerolíneas tienen que informar a los pasajeros a través de medios electrónicos o en los módulos de atención de la empresa. De acuerdo a la duración del retraso, los pasajeros pueden recibir diferentes compensaciones:

Retraso de 1 a 4 horas: Descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino o alimentos y bebidas. En caso de que el retraso sea mayor a 2 horas pero menor a 4, el descuento no debe ser menor al 7.5% del precio del boleto.

Retraso mayor a 4 horas o cancelación del vuelo: Los pasajeros pueden escoger entre el reintegro del precio del boleto más una indemnización no inferior al 25%, transporte sustituto en el primer vuelo disponible con alimentos y alojamiento, o transporte en fecha posterior al mismo destino con una indemnización no inferior al 25%.

Sobreventa de vuelos

En caso de que no te permitan abordar debido a una sobreventa de vuelo, tienes derecho a elegir los beneficios que se otorgan en caso de cancelación.

Cambios en el itinerario

Ante cualquier cambio en el itinerario o circunstancia que pudiera impactar directamente en el servicio contratado, la aerolínea debe informar al pasajero con al menos 24 horas de anticipación a la salida del vuelo, por medio de llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto u otros medios electrónicos.

Compensaciones e indemnizaciones

El pago de compensaciones e indemnizaciones tiene que realizarse en un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación, excepto alimentos, bebidas y hospedaje, los cuales deben cubrirse en el momento del retraso, demora o cancelación.

Derechos sobre el equipaje

Los pasajeros pueden documentar sin costo hasta 15 o 25 kg de equipaje, de acuerdo a la capacidad de la aeronave, así como dos piezas de equipaje de mano que en conjunto no sean mayores de 10 kg. En caso de exceso, la aerolínea tiene derecho a solicitar un pago adicional.