Uno de los periodos vacacionales más esperados por los mexicanos son los días de Semana Santa, lapso donde las labores educativas toman un receso de dos semanas, además, en muchos centros laborales los empleados toman también días de descanso.
Bajo la premisa de que en México los días festivos o feriados son remunerados al trabajador o empleado con un pago doble, además del salario normal de ese día, la pregunta que surge es: ¿Cuánto me deben pagar si trabajo en Jueves y Viernes Santo?
Es conocido que algunas dependencias y empresas, como los bancos, por ejemplo, dan pausa en Jueves y Viernes Santo a sus actividades para otorgar días de descanso a sus empleados. Entonces, ¿cómo se deben de pagar los días Jueves y Viernes Santo en el caso de que una persona trabaje?
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Esto dice la Ley Federal del Trabajo
La normatividad que regula los derechos y obligaciones de los trabajadores mexicanos, nos referimos a La Ley Federal del Trabajo (LFT), no considera como días festivos los próximos jueves 28 de marzo (Jueves Santo), ni el viernes 29 de marzo (Viernes Santo).
Por lo tanto, esos días se consideran normales y hábiles, en consecuencia, la paga a los empleados o trabajadores es la misma que en un día normal.
Estos son los días festivos que establece la LFT
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), establece ocho días festivos en México, o de descanso obligatorio, para este 2024, además de un día adicional debido al relevo en la presidencia de la república.
1 de enero Año Nuevo.
5 de febrero Día de la Constitución Mexicana.
18 de marzo Natalicio de Benito Juárez el 21 de marzo de 1806.
1 de mayo Día del Trabajo.
16 de septiembre Aniversario de la Independencia de México.
18 de noviembre Aniversario de la Revolución Mexicana.
1 de diciembre Cada seis años se toma este día por el cambio de presidente de la República
25 de diciembre Navidad