PASADIZO SECRETO

Erradicación de perros callejeros

Escrito en OPINIÓN el

En Nuevo Laredo el problema de manadas de perros persiste a ese claro desacuerdo entre Protectoras de Animales y el Centro de Atención Canina, pues por las acciones de protección de los primeros, en los segundos se manifiesta ese impedimento para actuar, generándose por esto, cero resultados en erradicación de perros callejeros.

Desacuerdo que está llevando al límite de lo tolerable por la sociedad en general de esta ciudad, al verse que las garrapatas, sarna, rabia, entre muchas otras enfermedades que son transmisibles y comunes en canes que deambulan libremente por las avenidas y calles, se está convirtiendo prácticamente en un problema grave.

No, no se trata de definir en quién cae realmente la responsabilidad de este desorden, sino más bien entender quiénes tienen esa facultad de poder poner orden con la aplicación de leyes y reglamentos, reguladores que de cierto modo les permiten el controlar, evaluar la situación, en consecuencia, mantener ese equilibrio canino entre la misma sociedad.

Pues cierto es que existen leyes y reglamentos que rigen tanto a las sociedades dedicadas a la protección de los animales como a los centros de atención canina, todo y precisamente para coadyuvar lógicamente a prevenir ese maltrato animal las primeras, pero las segundas para proteger a la población civil con medidas apropiadas para remediar desde enfermedades originadas por los canes hasta su control.

Entonces, es ahí en donde la población está dando cuenta de que no se está haciendo lo propio para combatir al menos esa sobrepoblación de perros que deambulan por las avenidas y calles de Nuevo Laredo.

Ante esto siempre se ha entendido que estos animalitos y por naturaleza propia de su especie en épocas de celo tratan de salir de sus acostumbrados hábitats, sobre todo de los hogares, pero pasado ese periodo, retornan nuevamente, lográndose así que no deambulen libremente o que sufran de lesiones o la propia muerte.

Situación que hoy y ante este enorme problema de sobrepoblación canina sin hogar, en consecuencia, callejera, se aprecie esto como esa falta de atención de las autoridades competentes, o de esas mismas que se les ha brindado a través de las leyes esa oportunidad de brindar desde su control hasta su custodia y destinarlos a nuevos dueños a través de programas de adopción.

Lamentable es reconocer que las Protectoras de Animales solo se están enfocando en la recepción de animalitos de esta especie en sus centros de resguardo, de gente que por alguna causa ya no los puede retener en sus hogares, pero desatendiendo y de una forma por demás clara, a esa otra parte que deambula libremente por toda la ciudad.

Entendiéndose que lo que la misma ciudadanía ve por todos los rumbos, reafirma de que las cosas no se están haciendo de una forma completa en acciones para proteger y atender a los perros de una manera igualitaria.

Entonces, si a los centros de atención canina o control animal como tal y dentro de sus facultades que les brinda la propia Ley de Protección a los Animales para el Estado de Tamaulipas, se les confiere esa autoridad para la realización de distintas tareas sobre la población canina callejera, cuestionable es por qué en su ejercicio no van de la mano con las labores de las Protectoras de Animales si son casi similares, ya que si los primeros atienden el llamado ciudadano y proceden al sacrificio, los segundos intervienen, pero no los acogen por falta de espacio y recursos, retornándole el problema al quejoso ciudadano.

Según la propia Ley de Protección para el Estado de Tamaulipas en su Capitulo II Competencia, en su Artículo 7.- Fracción III indica y claramente esa tarea municipal: “Proceder a capturar animales abandonados y callejeros en la vía pública en los términos de esta Ley y canalizarlos a los centros de control animal, refugios o criaderos legalmente establecidos o a las instalaciones para el resguardo de animales de las asociaciones protectoras de animales legalmente constituidas y registradas”.

Dicha Ley por igual estipula, pero en su Capítulo IV de la Participación Social en su tercer párrafo: “Las asociaciones protectoras de animales tendrán derecho a recoger y asilar a los animales que hayan sido víctimas de alguna de las infracciones previstas en la presente ley o su reglamento, así como a los animales perdidos o sin dueño”.

Entonces, y considerando de que los centros de asilo estén saturados, bueno es saber que en dicha ley por igual se estima el sacrificio humanitario al menos de este tipo de especies del que se trata, claro y por supuesto, atendiendo las normas y procedimientos ahí mismo establecidos.

En el caso de que no hubiera suficientes recursos para atender la sobrepoblación en los espacios de las Protectoras de Animales, bueno es saber que la misma Ley permite para agenciarse recursos, distintas actividades para dicho fin.

Entonces y para obtener dinero, no solo se debe enfocar a la adopción de mascotas y venta de alimentos o accesorios, sino por igual hacer campañas casa por casa o en sitios públicos para obligar a la ciudadanía y para su control primero a tener un solo perro, vacunarlos, esterilizarlos, ponerles su collar de registro, todo bajo un módico costo.

Cierto es que la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Tamaulipas, les confiere todo este tipo de facilidades, y a pesar de esto no se ven los resultados esperados.