PASADIZO SECRETO

Pandemia ha puesto ‘de cabeza’ al ramo asegurador

Escrito en OPINIÓN el

Cierto es que las compañías de seguros a nivel nacional respondieron ante los constantes reclamos de sus asegurados que se vieron contagiados por el Covid 19, sin embargo, cierto es también que los costosos reclamos y atenciones relacionadas con la pandemia, ha puesto de “cabeza” al ramo asegurador.

Y no precisamente por la ardua labor de atender a sus miles de asegurados en sus distintos productos como son de Gastos Médicos Mayores, Seguros de Salud o los de Vida, sino en lidiar con estos casos al no contarse desde antes de la pandemia, incluso ni hasta ahorita, con bien determinadas y ya anexadas cláusulas que garanticen con fundamentos bien especificados y detallados, la atención inicial por enfermedad por este tipo de virus.

Recordar que al inicio la propagación y contagios masivos, al menos entre los mexicanos, las compañías de seguros fueron sorprendidas por decir así ante este eventual problema de salud.

Al entenderse que no contaban en su clausulado y glosario con una especificación completa sobre pandemia mucho menos de Covid, por lo mismo indicación de procedencia, exclusión o rechazo, alcances y limitaciones para sus miles de asegurados, esto al no existir por igual aun esa certeza del agente trasmisor como identificable o ese exacto punto de penetración al organismo humano.

Propiciando todo esto, el tener que comunicarles a sus clientes la labor de peticionar por medio de una solicitud, o a través de sus agentes de seguros u oficinas, para así aceptar sus reclamos relacionados al poco conocido Covid 19 en su inicial año de contagios.

Todo esto viene a colación, al verse que actualmente y después de varias “oleadas” de Covid en donde y aunque el regreso es menos severo que las anteriores, la mayoría de las empresas aseguradoras mexicanas siguen sin actualizar sus clausulados para este tipo de eventos.

Al verse que tan solo la han “reclasificado” como procedente dentro de enfermedades respiratorias, pero no han abundado en la materia, ni mucho menos otorgado esa garantía de que su inicial reclamo por Covid 19, y en caso de secuela, éste quede dentro de su mismo expediente.

Entendiéndose, de que el asegurado al sufrir la enfermedad y haberla superado, por lo mismo al haber erogado su obligado deducible y coaseguro, esto sea una garantía en caso de recaída por el mismo motivo, aun y hayan pasado meses o años, al comprobarse que, en cualquier momento, este virus puede hacerse presente nuevamente en su organismo.

Aclarar y de igual modo, que, si de persistir el contagio manifestado a través de recaídas esporádicas, contagiarse de otra variante de coronavirus como se han estado presentando, algunas más como el Omicron, o Delta que están en el rango de más contagiosas o de más índices de propagación, bueno sería saber si los asegurados podrán continuar o reclamar como una secuela a su inicial contagio, o se tiene forzosamente que establecer un nuevo reclamo erogando por lo mismo otro deducible, otro coaseguro.

Este tema es muy delicado y demasiado importante para esos miles y miles de asegurados a nivel nacional, pues cierto es que el Covid y sus variantes aún están presentes en la vida diaria de todos los mexicanos.

Y por lo que se ve hasta ahora con el comportamiento del ramo asegurador a nivel nacional, aun las empresas de seguros no han perfeccionado las herramientas optimas y necesarias para hacerle frente a estos malentendidos, dentro de los condicionados de las distintas pólizas de seguros de vida, gastos médicos o salud.

Por lo que esto y de no adecuarse, aclararse y alinearse, muchos asegurados estarían perdiendo y por desconocimiento ese beneficio que debería otorgarle por derecho esa empresa asegurada en la que se confió y se adquirió este tipo de productos, pues cierto es que cuando se restablece la salud del reclamante o transcurre un periodo de tiempo establecido, cesan las obligaciones de la empresa aseguradora.

Entonces preocupante es que, si los efectos del Covid regresan, o se manifiesta en otra variante como las mencionadas Delta u Omicron, y aún se haya restablecido momentáneamente la salud del reclamante o el periodo de tiempo ya se cumplió, debe abundar el ramo asegurador hacia el trato que le da a una secuela.

Al entender que el organismo del paciente asegurado estaría aun débil, por lo mismo susceptible a volverse a contagiar, entonces y sin importar el tiempo que transcurra, considerar este síntoma como algo procedente, y no obligar al asegurado a iniciar una nueva reclamación con todo lo que conlleva este trámite.

Por esto inquietante es, que y aun considerándose el mayor siniestro de la historia en los negocios de seguros a nivel nacional provocado por el Covid 19 y sus variantes, secuelas y oleadas, estas empresas no se hayan preocupado por adicionar, actualizar o modificar para amortiguar u opcionar al asegurado mejores y más claras coberturas.

Darle pues un mejor rumbo e identidad de frente a las variantes del Covid que se han hecho presentes, no ignorar que otras enfermedades infecciosas de alta trasmisión puedan surgir como la actual viruela símica, o la más reciente Henipavirus.

Desarrollar para lo mismo nuevas coberturas o paquetes específicos con deducibles apropiados o indicados para este tipo de enfermedades, establecer y por su misma situación de contagio, periodos de espera diferentes al contratar el producto, modificar los tiempos o condicionantes al restablecerse la salud.

Así no provocar que sus asegurados interpreten equívocamente su propio contrato, en consecuencia, no reclamen o se beneficien de lo que realmente deberían disponer por su prima pagada.