De acuerdo con el “Flash Informativo” del despacho Pérez, Góngora y Asociados, publicado el pasado 3 de diciembre, hoy en día la tecnología, el comercio y la economía, se han encaminado en un avance de manera conjunta que ha llevado a crear fuentes de intercambio comercial distintas a las monedas legales en curso, dando forma a la creación de un mundo globalizado en un casi, cien por ciento digital.
El surgimiento de una forma de pago como lo son las “criptomonedas” es indudablemente parte fundamental de estos avances.
En términos generales, las criptomonedas pueden definirse como un Activo Virtual que emplea un cifrado criptográfico para garantizar su titularidad y asegurar la integridad de las transacciones y controlar la creación de unidades adicionales; es decir, evitar que alguien pueda hacer copias como, por ejemplo, a través de una foto, entre otros. Dichas monedas no existen de forma física, toda vez que su almacenamiento típicamente se realiza mediante una cartera digital.
Ahora bien, de acuerdo con el Banco de México, un Activo Virtual puede definirse como una unidad de información que no representa la tenencia de algún activo subyacente a la par y que es unívocamente identificable, incluso de manera fraccional, almacenada electrónicamente; el control de emisión está definido mediante protocolos predeterminados y a los que se pueden suscribir terceros y cuenta con reglas que impiden que las réplicas de la unidad de información o sus fracciones se encuentren disponibles para ser transmitidas más de una vez en un mismo momento.
Por lo anterior, instituciones financieras en México han comenzado a realizar diversos estudios y opiniones en el gremio respecto del posible tratamiento fiscal que le deben dar al uso de Activos Virtuales por parte de los contribuyentes, tomando en consideración, principalmente, algunas referentes a las estrategias de planificación fiscal utilizadas cuando existen ciertas discrepancias e inconsistencias entre los sistemas fiscales nacionales.
De acuerdo con publicaciones recientes en México, 12% de la población adulta posee alguna criptomoneda, por lo que nuestro país se ubica como la novena nación con la mayor tasa de posesión de estos instrumentos en todo el mundo.
Desde el punto de vista de los autores de la información, dicho porcentaje ha ido en incremento de manera exponencial, considerando que en el país el uso del efectivo sigue siendo común. México se encuentra dentro de las 10 naciones con un mayor índice de adopción de criptomonedas, sólo por detrás de Nigeria que tiene un índice de adopción de 24.2% de su población, Malasia (18%), Australia (17.7%), Indonesia (16.75%), Hong Kong (15.8%), Singapur (15.6%), India (15.4%) y Filipinas (13.3%).
Ahora bien, el tratamiento fiscal en México de las criptomonedas es muy complicado pero interesante, tema del que hablaremos en nuestra próxima entrega. Hasta pronto. Fuente: Flash informativo Pérez, Góngora & Asociados/diciembre 3, 2021, firmado por Juan Carlos Rodríguez Domínguez y Roberto Martínez Pacheco.
Criptomonedas en México
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