El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a los contribuyentes cuando se debe presentar la declaración anual de impuestos correspondientes al ejercicio fiscal del 2020.
De acuerdo a la información que brindó el organismo a través de sus redes sociales, las personas morales tienen hasta el 31 de marzo para llevar a cabo el informe correspondiente.
Por su parte, las personas físicas tienen hasta abril para hacer la declaración, aunque cabe resaltar que todavía no se ha hecho la “liberación del aplicativo”.
Requisitos de las personas morales.-
- Información de los ingresos, deducciones, utilidades, impuestos retenidos, pagos provisionales, etc.
- En caso de querer hacer el pago por medio de una transferencia electrónica, se debe tener banca electrónica, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), contraseña o e.firma
- Para llevar a cabo declaración deberán de ingresar al sitio web del SAT, en el cual les pedirá únicamente el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a 13 dígitos y contraseña.
Deberá capturar los datos e información que te solicita el programa. Firma tu declaración y envíala utilizando tu e. firma (antes Fiel) o tu contraseña según sea el caso.
Después de enviar la declaración recibirás un aviso confirmando la recepción de la información y acuse de recibo con el número de operación, la fecha de presentación y sello digital.