DERECHOS

Pensión por viudez IMSS: ¿quién cobra si el trabajador tenía esposa y concubina?

En casos donde el trabajador ha dejado a más de una pareja, el Instituto Mexicano del Seguro Social ofrece una resolución clara

La SCJN eliminó el requisito de un mínimo de cinco años para reconocer el concubinato.
La SCJN eliminó el requisito de un mínimo de cinco años para reconocer el concubinato.Créditos: Internet
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Cuando un trabajador afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fallece en México, y ha dejado esposa y concubina surge la pregunta sobre quién de las dos podrá cobrar la pensión; el tema volvió a cobrar relevancia este 2026 tras diversas consultas legales y resoluciones judiciales que han reavivado el debate sobre derechos y orden de prelación.

¿Quién tiene prioridad en la pensión por viudez del IMSS?

La legislación del IMSS establece un orden estricto, la cónyuge legalmente casada tiene el derecho preferente para recibir la pensión por viudez.

La legislación da derecho preferente a la esposa.

Esto significa que, mientras el matrimonio no haya sido disuelto mediante divorcio, la esposa conserva el derecho, incluso si el trabajador llevaba años separado de hecho o vivía con otra pareja.

Para acreditar el beneficio, basta con presentar el acta de matrimonio vigente y cumplir con los requisitos administrativos del instituto, pues la norma es tajante y no pueden existir dos beneficiarias cobrando simultáneamente la misma pensión por viudez.

La concubina puede acceder al beneficio solo si se cumplen ciertos requisitos.

¿Puede la concubina reclamar la pensión?

La concubina puede reclamar la pensión, pero solo en ausencia de esposa legal puede acceder al beneficio siempre que demuestre que convivió con el trabajador como pareja estable y que ambos estaban libres de matrimonio durante ese tiempo, también puede acreditarse el derecho si existieron hijos en común.

Un criterio reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó el requisito de un mínimo de cinco años de convivencia que antes se exigía para reconocer el concubinato, sin embargo, este fallo no modifica la regla principal que, si existe esposa legal, la concubina queda excluida automáticamente.

La SCJN eliminó el requisito de un mínimo de cinco años. 

¿Qué pasa si hay varias concubinas?

La ley también contempla escenarios más complejos, si el trabajador mantenía relaciones simultáneas con más de una concubina, ninguna tendrá derecho a la pensión por viudez.

En ese caso, el apoyo económico no desaparece, pero se reasigna a otros posibles beneficiarios conforme al orden establecido por la Ley del Seguro Social.

La pensión puede pasar a otros familiares.

¿Qué otros familiares que pueden recibir la pensión?

Cuando no existe esposa ni concubina con derecho, el IMSS contempla otras figuras:

  • Pensión de orfandad: para hijos menores de 16 años o hasta 25 si estudian en el sistema educativo nacional.
  • Pensión a ascendientes: si no hay pareja ni hijos con derecho, los padres pueden solicitarla siempre que acrediten dependencia económica.