TRÁMITES

Autos chocolate: esta es la única opción legal ante fin del decreto

La legislación vigente establece que una persona física solo puede importar definitivamente un vehículo por año sin estar inscrita en el Padrón de Importadores

Para acceder a preferencias arancelarias, el vehículo debe haber sido fabricado o ensamblado en Norteamérica
Para acceder a preferencias arancelarias, el vehículo debe haber sido fabricado o ensamblado en NorteaméricaCréditos: Especial
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Con el inicio de 2026, quedó oficialmente sin efecto el decreto federal para la regularización de autos chocolate en México, confirmó el gobierno de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum. A partir de ahora, los propietarios de vehículos de procedencia extranjera deberán recurrir únicamente a mecanismos legales ordinarios, lo que implica mayores requisitos y costos.

Se termina el decreto de regularización

El programa de facilidades administrativas que permitía legalizar vehículo de origen extranjero a bajo costo ya no está vigente. Esto significa que ningún auto “chocolate” puede ser regularizado mediante decreto durante 2026.

Las autoridades federales precisaron que cualquier intento de circulación sin documentos legales puede derivar en multas, decomisos o sanciones administrativas.

Importación definitiva: la única vía legal en 2026

La importación definitiva es actualmente el único procedimiento legal para nacionalizar un auto chocolate en México. El trámite se realiza ante la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y el SAT, y debe gestionarse obligatoriamente mediante un agente aduanal autorizado.

Requisitos principales:

  • Pedimento de importación definitiva
  • Pago de impuestos:
  • Impuesto General de Importación (IGI)
  • IVA
  • Derecho de Trámite Aduanero (DTA)
  • Título de propiedad original
  • Identificación oficial
  • Comprobante de domicilio

Requisitos técnicos que debes considerar

Uno de los puntos clave es el Número de Identificación Vehicular (VIN). Para acceder a preferencias arancelarias, el vehículo debe haber sido fabricado o ensamblado en Norteamérica, conforme a los tratados comerciales vigentes.

Los autos que no cumplan con este criterio enfrentan costos significativamente más altos o incluso la imposibilidad de importarse.

Importación temporal: opción limitada

Para quienes no buscan la propiedad definitiva, existe la importación temporal de vehículos, la cual:

  • Tiene una vigencia máxima de 180 días
  • Se tramita ante Banjército o el SAT
  • Obliga a sacar el vehículo del país al finalizar el plazo

El incumplimiento puede derivar en multas elevadas o decomiso del automóvil.

Límite legal por persona en 2026

La legislación vigente establece que una persona física solo puede importar definitivamente un vehículo por año sin estar inscrita en el Padrón de Importadores, de acuerdo con las disposiciones de comercio exterior y aduanas.