La Jornada Laboral de 40 horas en México podría convertirse en una realidad en este 2025 y en este sentido surge la duda en los trabajadores ¿Qué sucederá con su sueldo tras la reducción de horas laborales?
En este tenor te daremos a conocer sobre si tu sueldo sufrirá una modificación en caso de aprobarse la nueva reforma y cómo prepárate para la reducción de tu jornada laboral.
¿En qué consiste la Jornada Laboral de 40 horas?
Dicha iniciativa busca reducir de 48 a 40 horas en el sector de los trabajadores con la finalidad de mejorar la salud en general y productividad de cada empleado. No obstante, desde su propuesta en 2023 continúa siendo tema de debate por la Cámara de Diputados de México.
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¿Mi salario sufrirá algún cambio con la reducción de jornada laboral?
Aunque es bien conocido, dentro de la fracción IV del artículo 51 de la Ley Federal de Trabajo en donde se establece que las las reducciones son inconstitucionales, por lo que en cualquier caso de reducción salarial el trabajador tiene derecho de exigir una indemnización bajo el formato de despido injustificado sin responsabilidad para el empleado.
En pocas palabras, tu salario no cambia ante la posible reducción de jornada laboral.
¿Qué debo hacer si me bajan el sueldo injustificadamente?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) menciona que el empleador no puede reducir el sueldo de un trabajador sin su consentimiento. Por lo que, si el empleador hace este cambio sin acuerdo, está considerado como un despido injustificado.
En caso de que tu sueldo se vea afectado por la reducción de la jornada laboral, puedes poner una denuncia ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o Junta de Conciliación y Arbitraje de tu estado.
Para poner una queja ante la Profedet puedes acudir a cualquiera de las delegaciones para recibir asesoría legal gratuita. o puedes llamar al 800 717 2942 y 800 911 7877. Además puedes enviar un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx.
¿Para quienes no aplicaría la Jornada Laboral de 40 horas?
Es importante hacer mención que dicha iniciativa no aplica para aquellos que laboran menos de 48 horas semanales y que se encuentran bajo acuerdos contractuales o sectoriales, es decir; los empleados públicos cuyas jornadas son de 35 a 40 horas con esquemas flexibles.