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ISSSTE: se cancelarán las pensiones de estas personas; primero serán citados a revisión

El Instituto de los Trabajadores del Estado detectó algunas pensiones irregulares por lo que empezará a emitir notificaciones de cita para aclararlas

Las pensiones del ISSSTE entrarán a revisión por irregularidades
ISSSTE.Las pensiones del ISSSTE entrarán a revisión por irregularidadesCréditos: El Mañana
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El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) ha iniciado el proceso de revisión, para este 2025, de ciertas pensiones que han sido detectadas como irregulares.

Es por ello que el ISSSTE citará a las personas que cuenten con una pensión en especial para realizar una revisión.

¿Cuáles son las pensiones que entrarán a revisión?

Martí Batres, Director General del ISSSTE, inició la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, sobre un permiso para poder indagar en pensiones de trabajadores que son consideradas como desiguales.

El tipo de pensión que investigará el ISSSTE está involucra con aquellos usuarios que reciben pagos catalogados como “exorbitantes”, esto con el fin de corregir excesos e injusticias.

Durante este 2025 el Instituto tendrá en la mira aquellas pensiones que superen el monto autorizado por la Ley del ISSSTE vigente, la cual establece la cantidad total de 32 mil 571 pesos mexicanos al mes.

Pensionados recibirán notificaciones

El director del ISSSTE, Martí Batres detalló que se llevarán a cabo las aclaraciones, mediante notificaciones que el usuario recibirá haciéndoles saber que es necesaria su presencia en las oficinas.

¿Se cancelarán las pensiones?

Martí Batres aclaró que durante el mes de febrero se irán deliberando cuáles son los casos de pensiones del ISSSTE que deberán ser modificadas o canceladas durante el 2025.

Señaló que la institución está cumpliendo con el derecho de audiencia para que los pensionados tengan la oportunidad de sustentar porqué reciben estas cifras de dinero.

Asimismo, los escenarios donde el ISSSTE podrá intervenir de manera directa son:

  • Revocación: cuando el beneficiario otorgue documentos que no puedan probar la subsistencia de este pago.
  • Modificación: cuando aun teniendo documentos probatorios, se exceda el límite legal establecido, casos donde se disminuirá el importe, siempre respetando los parámetros previamente establecidos.