La Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDATU-2021 establece regulaciones claras sobre las banquetas, con el fin de garantizar la seguridad y accesibilidad peatonal en México.
Según esta normativa, el ancho libre de circulación peatonal en las banquetas debe ser de al menos 1.80 metros.
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No obstante, si el espacio es limitado y la banqueta mide 1.20 metros o menos, el ancho mínimo permitido es de 0.90 metros.
Las banquetas deben cumplir con ciertos requisitos, deben tener una superficie plana, continua y antiderrapante.
Además, está prohibido modificar, bloquear o dañar estos espacios, lo que significa que no se permite la construcción de escalones o jardineras sobre ellas.
Otra restricción clave es que no se puede estacionar vehículos en las banquetas, ni siquiera si solo una parte del vehículo invade este espacio, ya que esto podría obstaculizar el tránsito peatonal y poner en riesgo a los transeúntes.
Este reglamento busca mejorar las condiciones de movilidad y accesibilidad en zonas urbanas, fomentando un entorno más seguro y funcional para los peatones.
Conocer esta normativa es importante también para promover el respeto hacia el espacio público, evitar multas y participar activamente en la creación de ciudades más sostenibles y ordenadas, donde los peatones sean una prioridad en el diseño urbano.
Esto tiene un impacto directo en la calidad de vida, ya que fomenta la convivencia social, reduce los riesgos de accidentes, y mejora la fluidez del tránsito peatonal.