ECONOMÍA

SAT: Hacienda regresará dinero a estas personas

Para este 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría negar la devolución de impuestos a ciertas personas, después de hacer la declaración anual

Estos son los contribuyentes que recibirán saldo a favor
Estos son los contribuyentes que recibirán saldo a favor Créditos: Cortesía
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Una de las fechas más importantes para los contribuyentes está a la vuelta de la esquina y se trata de la declaración anual de impuestos, en donde de ésta dependerás tener una buena salud financiera y cumplir con las obligaciones fiscales, en la cual podrías tener saldo a favor, mismo que podrías solicitar al SAT siempre y cuando seas candidato. 

Podría SAT negarte la devolución 

Para este 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría negar la devolución de impuestos a ciertas personas, después de hacer la declaración anual, motivo por el que es de suma importancia conocer a quienes no se les dará devolución de impuestos de 2023.

Cabe señalar que para esto, se puede consultar en el sitio de internet del SAT, aquellos que:

  • Hayan obtenido durante el ejercicio fiscal anterior, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión
  • Soliciten devolución por ejercicios fiscales distintos al año anterior
  • Presenten su solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED), previo a la obtención del resultado de la declaración anual
  • Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal anterior, no habiendo elegido opción de devolución
  • Se trate de contribuyentes cuyos datos estén publicados en el Portal del SAT, al momento de presentar su declaración anual de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracción III y último del artículo 69 del CFF, así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código, una vez que se haya publicado en el DOF y en el Portal mencionado el listado a que se refiere el cuarto párrafo del citado artículo 69-B
  • Soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF
  • Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal anterior

¿Quiénes sí podrían recibir devolución de impuestos?

La propia página de internet, asegura que para que proceda la devolución en forma automática de la declaración anual debes haber cumplido con lo siguiente:

  • Haber señalado la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio
  • Haber presentado tu declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda
  • Contar con número de cuenta CLABE a 18 dígitos que se encuentre activo para que, en caso de que proceda el importe autorizado, sea depositado
  • La cuenta CLABE debe ser única por contribuyente

No deberás perder de vista que si el saldo a favor que resulta de la declaración anual excede los 150 mil pesos no podrás realizar el trámite de forma automática, por lo cual será por medio del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).