DERECHOS LABORALES

Diputados avanzan en la reducción de la jornada laboral de 48 horas semanales, ¿cuántas serán?

El Capítulo II del Artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo de México contempla las horas máximas que debe trabajar un empleado

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Este martes diputados integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales avanzaron en la aprobación de la reforma para reducir la jornada laboral de 48 horas, con la permuta de pagarse horas extras al pasar este límite.

La iniciativa fue aprobada por mayoría de 25 votos a favor y cinco abstenciones de la bancada del PAN, el cual en un comienzo planteaba reducir la jornada de 48 a 35 horas, es decir, las jornadas serian de lunes a jueves.

Durante la sesión ordinaria se avaló el dictamen con modificación para establecer que la jornada máxima legal no puede ser mayor a 40 horas a la semana, y en caso contrario, se pagarán las horas extras correspondientes.

“Nuestro país debe de transitar hacia ese camino, es un gran día porque será en beneficio de muchas familias de este país”, declaró la diputada de Movimiento Ciudadano, Julieta Mejía, colaboradora de la nueva reforma.

La propuesta avalada este día se suma a otros cambios recientes en materia laboral, que incluyen la ampliación del periodo vacacional de un mínimo de seis a 12 días, así como la prohibición del outsourcing o subcontratación de trabajadores.

Es importante mencionar que la iniciativa de la jornada laboral apenas se aprobó en comisiones; aún falta que la lleven al pleno y se discuta con los senadores. Solo hasta la aprobación del ejecutivo será válida y se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

Jornada laboral en México

El número de horas máximo que según el Capítulo II del Artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo de México, puede laborar una persona por semana es de 48, es decir, una jornada diaria de ocho horas y un día completo de descanso con salario completo.

Existen diferentes tipos de jornada laboral en México:

  • Jornada diurna: en un horario de 6:00 am a 8:00 pm, es decir, la duración máxima que establece la ley para una jornada en este horario es de ocho horas.
  • Jornada nocturna: de 8:00 pm a 6:00 am, en la que la duración máxima es de siete horas.
  • Jornada mixta: comprende un periodo de 7 horas y media.

Pese a lo establecido en la ley, la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Inegi, en 2019 reveló que existen más de 10.3 millones de personas que exceden el límite de 48 horas por semana. De ellos, 5.1 millones de personas superan incluso las 11.2 horas diarias de jornada laboral.

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