La solicitud de este trámite es bastante sencilla y existen métodos o mecanismos acondicionados por vía tradicional en papel o de forma electrónica por medios digitales.
¿Quién puede realizar este importante trámite?
Los familiares o allegados de la persona que acaba de fallecer serán los que puedan tramitar este imprescindible documento. Deben ser personas legales que hayan mantenido una relación de parentesco con el recién fallecido.
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¿Cuánto cuesta este trámite del Acta de Defunción?
Los costos son gratuitos y solamente se requiere acercarse a las Unidades Médico Familiares del Imss o las instalaciones del Registro Civil.
¿Qué documentos se necesitan para tramitar al Acta de Defunción?
Para las personas familiares del difunto se solicitará:
- Identificación oficial con fotografía en original y en copia.
- El Número de Seguridad Social (NSS) que pertenece al empleado asegurado por el Imss.
- Acta de Nacimiento también en original o en copia, en caso de no tenerse podría utilizarse Acta de Reconocimiento o Acta de Adopción.
- Comprobante de domicilio del difunto o de la persona que desea tramitar el Acta de Defunción, igual que los documentos anteriores en original y copia.
¿Qué otras condiciones hay que tomar en cuenta con el Acta de Defunción?
El trámite debe efectuarse cuando la persona asegurada o el derechohabiente aún mantiene una relación con el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Si la persona a la que se tramitará el Acta de Defunción muere antes de llegar a las instalaciones del Seguro Social, entonces los médicos podrán recabar antecedentes para estimar si se puede expedir el Acta de Defunción a fin de determinar fehacientemente la causa de la muerte.
Si las circunstancias de la muerte del recién fallecido no logran ser bien establecidas por el personal médico del Seguro Social y existieran lesiones o golpes que pongan en duda la causa de la muerte, no se expedirá el Acta de Defunción.
Si la muerte de la persona a la que quieres tramitar el Acta de Defunción ha muerto en tu domicilio deberás esperar a que el personal del Seguro Social se presente ahí para verificar el deceso y realizar ellos las pesquisas correspondientes.