Hay que estar muy alerta para el próximo año 2024, en el que habría cambios importantes al Código Fiscal de la Federación (CFF), que, para los casos de no cumplir con obligaciones fiscales, habrá multas para los contribuyentes del Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Para finales de este año, el contribuyente tendrá que estar muy atento al Anexo V del (CFF), que se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para saber cuáles son las multas que se actualizarán o no para 2024.
Dependiendo la falta y los ingresos son los montos a cobrar. Las multas que cobra actualmente el SAT son por incumplimientos o errores respecto al buzón tributario, que aplican desde 2020; también están las relacionadas con errores en los CFDI que se incorporaron para el ejercicio fiscal 2023.
También hay por no presentar declaraciones, pagos provisionales, presentar declaraciones con datos erróneos.
Las multas que se pagan actualmente por no tener activado el buzón tributario o no tener los medios de contacto (teléfono y correo electrónico) son las que se publicaron en el anexo V para el ejercicio 2022, están en el artículo 86-C y y 86-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), estas van de los 3,420 pesos a los 10,260 pesos.
La lista de las multas que cobra el SAT es amplia, el contribuyente puede consultarlas en el CFF, del artículo 80 al 91.
Estas son algunas de las multas:
1) No presentar declaraciones, solicitudes, documentación, avisos o información con la expedición de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI). Presentar información errónea en estos documentos.
Multa: Van desde los 30 pesos por error hasta los tres millones de pesos para empresas, además de la clausura del establecimiento del contribuyente (artículo 82 del CFF).
2) Las relacionadas con el RFC como no estar registrado si realizas actividad económica; mentir en el domicilio fiscal o que no esté actualizado.
Multa: Van de los 1,160 pesos a los 44,790 pesos. (Art.80 del CFF).
3) Expedir constancias incompletas, con errores; no pagar las contribuciones en los plazos establecidos; no presentar aviso de cambio de domicilio; omitir información sobre operaciones realizadas; omisión de reportes solicitados por el SAT, entre otras.
Multa: Van de los 30 pesos por error hasta los 5 millones de pesos. (Art.82 del CFF).
4) No llevar contabilidad; no llevar libro especial a que obliguen las leyes fiscales; no conservar la contabilidad por plazos establecidos por la autoridad; expedir cfdi con errores en el RFC del cliente, entre otras.
Multa: Van de los 430 pesos hasta los 154,050 pesos. (Art. 84, CFF)
¿Qué es el código Fiscal de la Federación?
Se encarga de regular la aplicación de las contribuciones que impone el Estado como: impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.