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¡Viva el amor! Hombre emprende batalla legal para poder casarse con 2 mujeres y formar una familia plural

Este es el primer caso en nuestro país donde una persona emprende un proceso judicial para poder formar una "familia plural"

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Escrito en NACIONAL el

En el municipio de  San Andrés Cholula, perteneciente al estado Puebla, se ha iniciado un proceso legal bastante 'inusual' pues un grupo de personas ha emprendido el primer proceso judicial para establecer de manera formal un matrimonio plural. 

Este es el primer caso registrado en el país en donde una persona poliamorosa intenta que este tipo de relaciones de reconozcan de manera legal, una lucha que la comunidad LGBT+ defiende desde hace algunos años. 

Como parte del proceso, los ciudadanos interesados han solicitado un amparo contra "normas estigmatizadoras", mismo que fue otorgado por el Juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa, y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado Otorgado, en donde se responde a una promoción legal presentada por el solicitando desde el año 2020. 

Es así como el quejoso ha impugnado a los artículos 294 y 297 del Código Civil del Estado de Puebla en donde se establecen la definición legal de matrimonio y concubinato, su finalidad y objetivos.

Obtienen amparo

Ante el amparo finalmente el juez determinó que no se puedes aplicar normas estigmatizadoras, debido a que sería dar un mensaje discriminatorio en contra de las preferencias sexuales, y al ser el matrimonio o concubinato algo que solo puede celebrarse entre dos personas, esto excluye a las demás preferencias. 

Es así como el juez recalcó la obligación de las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

"Normativamente, existe un tipo de discriminación indirecta, la cual ocurre cuando las normas y prácticas son aparentemente neutras, pero el resultado de su contenido o aplicación se traduce en un trato desproporcionado en personas o grupos en una situación diferente, dada su orientación sexual, conocida como poliamorosa, sin que exista justificación objetiva y razonable", señaló el juez

De esta manera el juez conluyó que no hay razones de índole constitucional que impidan reconocer el matrimonio o concubinato plural, sin existir justificación para no reconocer los derechos fundamentales de las personas que componen la relación poliamorosa.