TRIUNFO AMLO

SCJN: Ley eléctrica es constitucional

Con la resolución de la Corte se fortalece a la CFE por encima de las empresas privadas

La Suprema Corte de Justicia de México validó que ley eléctrica favorezca a la CFE, por encima de las centrales privadas.
SCJN: Ley eléctrica es constitucional.La Suprema Corte de Justicia de México validó que ley eléctrica favorezca a la CFE, por encima de las centrales privadas. Créditos: Agencias
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CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de México validó ayer que ley eléctrica favorezca a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), por encima de las centrales privadas.              

Aunque una mayoría de ministros se ha expresado en contra, no se ha alcanzado la mayoría cualificada necesaria para determinar que los cambios violan el principio de libre competencia y el derecho a un medioambiente sano, como pedía la acción de inconstitucionalidad presentada por senadores de la oposición. Además, el máximo tribunal ha avalado que se permita la revocación de contratos vigentes en ciertos casos.

El resultado es una victoria para el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien busca limitar la participación privada en la generación eléctrica, aunque la aplicación de la ley es incierta por los múltiples juicios de amparo en curso.

La votación ha sido extremadamente ajustada. En algunos puntos, hasta siete juzgadores se han pronunciado a favor de tumbar los cambios a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), aprobados en marzo del 2021.

Sin embargo, siempre se han topado con una minoría de bloqueo de cuatro. Los ministros Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez, Loretta Ortiz, Yasmin Esquivel -las dos últimas nominadas por el actual gobierno- han rechazado que las modificaciones legales violen la libre competencia.

En el caso de la supuesta violación al derecho a un medioambiente sano, el bloque que sostenía la constitucionalidad de la ley ha variado. Alfredo Gutiérrez ha votado por invalidarla, mientras Juan Luis González Alcántara -también nominado por López Obrador- votaba a favor de la constitucionalidad de la ley.

Es decir, ocho juzgadores -una mayoría cualificada- han argumentado por la invalidez del nuevo orden de despacho. Sin embargo, dos de ellos lo han hecho por razones distintas y han preferido que no se sumaran sus votos. De esta manera, no se ha declarado la inconstitucionalidad.