El día de hoy las Comisiones Unidas De Salud y Estudios Legislativos de Segunda del Senado han aprobado reformas que castigan hasta con 45 años de cárcel a quien falsifique, adultere o contamine pruebas, vacunas o medicamentos contra el COVID-19 o cualquier otra enfermedad.
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La reforma será aplicable al artículo 164 de la Ley General de Salud pues se han registrado casos en México en donde se aplican supuestas vacunas contra la enfermedad Covid-19 que se han intentado vender, así también como personas que han presentado pruebas falsas y medicamentos adulterados.
La nueva reforma aprobada por el senado de la república señala que :
“A quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, de sus envases finales para uso o consumo humanos o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones que señala esta ley, se le aplicará una pena de tres a 15 años de prisión y multa de 50 mil a 100 mil veces la Unidad de Medida y Actualización.
Además a quien falsifique o adultere o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, etiquetado, sus leyendas, la información que contenga o sus números o claves de identificación, se le aplicará una pena de uno a nueve años de prisión y multa de 20 mil a cincuenta mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la comisión del delito.
Esta ley también se aplicara a quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados, contaminados o adulterados, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, le será impuesta una pena de uno a nueve años de prisión.
Asimismo a quien venda, ofrezca en venta o comercialice muestras médicas le será impuesta una pena de uno a nueve años de prisión y una multa equivalente de 20 mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la comisión del delito.
Como último punto se establece también que si estos delitos son cometidos por algún servidor público que se encuentre en ejercicio de sus funciones, la pena aumentará hasta 45 años de prisión.