En Veracruz, Baja California y Nuevo León ya se puede matar o lesionar a un agresor en legítima defensa, según validó ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Durante una sesión en el Tribunal Pleno, el organismo validó los preceptos de esos estados en esta materia.
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Se detalló que para configurar legítima defensa se requiere “necesidad racional en los medios empleados para repeler la agresión”.
Según un comunicado, se modificó parte del artículo 25, fracción III, segundo párrafo, del Código Penal de Veracruz, pues “no genera inseguridad jurídica ni permite a las personas hacerse justicia por propia mano”.
También se validó el artículo 23, apartado B, fracción II, párrafo segundo, del Código Penal de Baja California, para este fin.
Lo mismo con el artículo 17, fracción III, párrafo último del Código Penal de Nuevo León.
La Suprema Corte advirtió que si bien este precepto establece una presunción de legítima defensa en ciertos casos, esto no significa que las personas puedan usar la fuerza de manera indiscriminada.
Esto tampoco excluye responsabilidad si el daño causado al agresor resulta excesivo o innecesario.- Con información de “El Financiero”