La Ordenanza Libre de Humo de la Ciudad de Laredo, Texas, entre otros, establece para los negocios una multa de hasta 200 dólares cada día hasta la pérdida temporal de la licencia de operar por 30 días, por cada ocasión que se viole la norma.
Los fumadores infractores tendrían una multa de no menos de 50 dólares y máximo de 200, pero si se es reincidente la sanción económica será de 200 a 500 dólares.
Si hay terceras o más infracciones a esa misma persona, el castigo económico será de 500 a 1 mil dólares cada vez, subsecuente.
Esto en el contexto que desde el pasado lunes 5 de mayo el Departamento Municipal de Salud incluyó a los cigarrillos electrónicos, vapeadores, bolígrafos y pipas electrónicas dentro del espectro y alcance de la Ordenanza de Zonas Libre de Humo. No se debe utilizar estos dispositivos (Electronic Smoking Devices o ESD´s) en edificios públicos, restaurantes y centros laborales.
La actualización o ampliación de la ordenanza es ahora para estos ESD´s en espacios públicos y cerrados, donde ya el fumar estaba prohibido.
Toda persona con conocimiento o que intencionalmente fume (ahora también quien vapeé) en un área en la cual está prohibido hacerlo, estará sujeta a las sanciones anteriormente citadas.
En Laredo, rige desde el 13 de julio del 2006 la Ordenanza Municipal Libre de Humo.
Ahora se han agregado todo por cuanto vapeadores y cigarrillos electrónicos, a la misma.