Desde el lunes 5 de mayo el Departamento Municipal de Salud incluyó los cigarrillos electrónicos, vapeadores y bolígrafos y pipas electrónicas dentro del espectro y alcance de la Ordenanza de Zonas Libre de Humo. Nada de utilizar estos dispositivos (Electronic Smoking Devices o ESD´s) en edificios públicos, restaurantes y centros laborales.
La actualización o ampliación de la ordenanza es ahora para estos ESD´s en espacios públicos y cerrados, donde ya el fumar estaba prohibido.
La medida incluye una campaña para ayudar a los ciudadanos y los negocios a entender el alcance de dicha ordenanza y por ende, la prohibición y las responsabilidades bajo la misma.
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Habrá juntas con grupos interesados, distribución de material impreso, así como comunicados en redes sociales, esta campaña se mantendrá por los siguientes meses.
Las claves a resaltar de la ordenanza son: la prohibición a utilizar los ESD's en áreas de prohibición de fumar, que incluye edificios públicos, restaurantes y sitios de trabajo.
Los negocios que venden cigarrillos electrónicos, vapeadores, cartuchos, pipas y demás (ESD) deberán contar con estos señalamientos a la vista y otras reglas de control, como verificación de edades, normativa de colocación de productos.
La imposición de la ordenanza y sus penalidades seguirán a la campaña o periodo educativo al respecto.