TRÁMITES

Nuevas reglas para Visas NIV; deberás tramitarlas en tu país de residencia salvo estas excepciones

La nueva directriz, publicada el 12 de diciembre de 2025 pero vigente a partir de abril de 2026, busca estandarizar los procesos migratorios

Verificar los tiempos de espera en la página oficial de la embajada o consulado donde planeas solicitar
Verificar los tiempos de espera en la página oficial de la embajada o consulado donde planeas solicitarCréditos: Especial
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El Departamento de Estado de Estados Unidos actualizó sus lineamientos para la adjudicación de Visas de no inmigrante (NIV, por sus siglas en inglés), estableciendo que los solicitantes deben programar sus citas en la embajada o consulado de su país de nacionalidad o residencia .

La nueva directriz, publicada el 12 de diciembre de 2025 pero vigente a partir de abril de 2026, busca estandarizar los procesos migratorios y reducir las solicitudes en jurisdicciones donde los aplicantes no tienen un vínculo legal con el país.

Requisitos clave para solicitar la Visa

  • Antes de programar tu cita, las autoridades recomiendan tomar en cuenta los siguientes puntos:
  • Residencia (FM2/FM3): Debes demostrar estancia legal en el país donde estás solicitando la Visa
  • Aplicar fuera de tu país: Podría ser más difícil calificar para la Visa
  • Cuota no reembolsable: Las tarifas pagadas no se reembolsan ni se transfieren, incluso si la Visa es negada
  • Tiempos de espera: Varían según la ubicación; aplicar fuera de tu país alargará significativamente la espera
  • Citas ya programadas: En general, NO se cancelarán las citas existentes para Visas de no inmigrante

Países designados para procesamiento de Visas

Las tarifas pagadas no se reembolsan ni se transfieren, incluso si la Visa es negada

Para nacionales de países sin operaciones consulares regulares, el Departamento de Estado designó sedes alternativas. A continuación, los casos más relevantes para la región:

  • Cuba Georgetown (Guyana)
  • Haití Nassau (Bahamas)
  • Venezuela Bogotá (Colombia)
  • Rusia Astana (Kazajistán) o Varsovia (Polonia)
  • Ucrania Cracovia o Varsovia (Polonia)
  • Irán Dubái (EAU)

Esta medida aplica para nacionales de países como Afganistán, Bielorrusia, Burkina Faso, Chad, Libia, Níger, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria y Zimbabue, entre otros.

Excepciones a la regla

La nueva guía NO aplica para los siguientes casos:

  • Solicitantes de visas diplomáticas u oficiales (tipos A, G, C-2, C-3, NATO)
  • Casos de emergencias humanitarias o médicas (con autorización especial)
  • Viajes cubiertos por el Acuerdo de Sede de la ONU

Recomendaciones para los solicitantes

Asegurarte de contar con documentación que demuestre tu estancia legal en el país de solicitud

Ante la implementación de estas medidas, las autoridades recomiendan:

  • Verificar los tiempos de espera en la página oficial de la embajada o consulado donde planeas solicitar
  • Asegurarte de contar con documentación que demuestre tu estancia legal en el país de solicitud
  • No programar citas en consulados fuera de tu país de residencia a menos que sea estrictamente necesario
  • Consultar la página oficial https://ais.usvisa-info.com/ para información actualizada