El Gobierno Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reforma diversos artículos de la Constitución para prohibir la reelección inmediata de legisladores y autoridades locales, así como para impedir la participación de familiares directos en procesos electorales sucesivos, con el fin de erradicar prácticas de nepotismo.
El decreto fue publicado ayer martes en el periódico oficial de Tamaulipas, por lo que los estados deberán también aplicarlo desde nivel municipal hasta estatal.
Aunque el decreto establece la regulación para el 2030, la presidenta de México Claudia Sheinbaum pidió a los candidatos de Morena que lo apliquen desde las próximas elecciones “Las Constituciones de los estados deberán establecer la prohibición de la reelección consecutiva para el mismo cargo de presidentes y presidentas municipales, regidores y regidoras, y personas síndicas de los ayuntamientos. Las personas servidoras públicas antes mencionadas, cuando tengan el carácter de propietarias, no podrán ser electas para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero las que tengan el carácter de suplentes sí podrán ser electas para el periodo inmediato como propietarias a menos que hayan estado en ejercicio”, detalla.
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“El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos declara reformados y adicionados los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución en materia de no reelección y nepotismo electoral”, señala el decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y la secretaria de Gobernación Rosa Icela Rodríguez.
Con estas reformas, se establece que senadores y diputados no podrán ser electos de forma consecutiva, ni siquiera cambiando de fórmula de propietario a suplente.
Asimismo, se impide que personas con vínculos de parentesco en línea directa o colateral hasta cuarto grado con funcionarios en funciones puedan postularse para ocupar el mismo cargo.
“No podrá participar en la elección de diputaciones o cargos municipales quien tenga o haya tenido en los últimos tres años un vínculo de matrimonio, concubinato o parentesco con quien ocupa el puesto”, indica el artículo 55 reformado.
Además, se prohíbe la reelección inmediata de alcaldes, regidores y síndicos, y se extiende la misma limitación a las legislaturas estatales y al Congreso de la Ciudad de México.
El decreto establece que estas disposiciones entrarán en vigor para los procesos electorales federales y locales a partir del 2030. Las entidades federativas deberán adecuar sus constituciones en un plazo máximo de 180 días.
“Las reformas buscan fortalecer la equidad en la contienda política, evitar el uso del poder público para beneficiar a familiares y promover una renovación real de los cargos de elección popular”, según se desprende del documento legislativo.