CONSTITUCIÓN DE TAMAULIPAS

Fiscal de Tamaulipas sí puede ser removido por delitos graves

SCJN validó ayer las disposiciones de la Constitución de Tamaulipas que permiten la reelección, pero también la remoción de la Fiscalía General del Estado y de las fiscalías especializadas por delitos graves

Créditos: Agencias
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó ayer las disposiciones de la Constitución de Tamaulipas que permiten la reelección, pero también la remoción de la Fiscalía General del Estado y de las fiscalías especializadas por delitos graves.

Estas reformas, que fueron publicadas el 30 de septiembre de 2021, fueron objeto de controversia, pues surgieron en el contexto del nombramiento de Irving Barrios como fiscal general durante la administración de Francisco García Cabeza de Vaca. Con el respaldo de la bancada del PAN y aliados, se realizaron cambios a la Constitución estatal que blindarían al fiscal. Morena, en la actual administración, denunció esta modificación.

“Los preceptos no afectan de manera directa algún derecho fundamental, sino que se trata de un aspecto orgánico,” señala el comunicado oficial de la SCJN. La Corte subrayó que el procedimiento de remoción garantiza que la función de procuración de justicia se realice con autonomía e independencia. Además, ratificó la posibilidad de reelección del fiscal general, pero al mismo tiempo, confirmó que el gobernador del Estado tiene la facultad de destituirlo por delitos graves, siempre con la aprobación de al menos dos terceras partes del Congreso local.

“Es válido que exista la posibilidad de reelección del fiscal general local, así como que el gobernador del Estado esté facultado para removerlo por las causas graves previstas en la ley”, destaca el comunicado.

El Pleno de la Corte concluyó que, aunque el proceso de remoción ahora exige una votación más amplia de dos terceras partes de los integrantes del Congreso —anteriormente sólo requería mayoría—, esto “no desnaturaliza el sistema de pesos y contrapesos entre los poderes locales”.

Esta resolución proviene de la Acción de inconstitucionalidad 157/2021, que fue presentada por diversos diputados del Congreso de Tamaulipas, cuestionando la validez de la modificación a la Constitución del Estado.