SEGURIDAD

Chuponcito es vinculado a proceso; ¿cuántos años podrían darle en la cárcel?

El payaso podría pasar algunos años si es declarado culpable en las próximas semanas

El payaso pasaría varios años en la cárcel.
El payaso pasaría varios años en la cárcel.Créditos: Especial
Escrito en ESCENA el

El payaso Chuponcito fue vinculado a proceso por presunto acoso sexual a su manager hace tres años.

José Alberto "N" fue denunciado en el 2020 por Carla Oaxaca, quien trabajaba con él, por acoso sexual, daño y violencia digital, por lo que el comediante habría solicitado los recursos de amparo para evitar ser detenido.

El periodista de espectáculos Gustavo Adolfo Infante aseguró en su programa que el juez del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito en la CDMX le negó la no vinculación al proceso.

Será en las próximas semanas cuando el comediante tendrá que hacerle frente a los cargos.

“Lo que me dicen los abogados, la gente que sabe, es que lo van a notificar, lo van a detener, lo van a llevar, lo van a fichar, le van a poner las huellas digitales y lo van a poner como un presunto acosador”, dijo Infante.

De acuerdo a la información que dio el abogado Gerardo de la Torre, abogado de la ex manager. Chuponcito tendrá que acudir a la audiencia en una fecha próxima y si no asiste se le buscará directamente; por ello, será solicitada prisión preventiva para el comediante y así evitar que se fugue.

¿Cuál podría ser el castigo para Chuponcito?

En caso de que el comediante sea declarado culpable podría ser castigado con uno o tres años de prisión, de acuerdo al código penal de la Ciudad de México.

"A quien solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad, se le impondrá de uno a tres años de prisión", cita el artículo.

En cambio, el Código Penal Federal, a través del Instituto Nacional de las Mujeres, tipifica el hostigamiento sexual. 

"Artículo 259 Bis.- Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación".

Sanción: Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación".